Honorarios de tasadores en juicios en Misiones, Argentina.
Leyes de Desregulación.
“Las leyes desregulatorias mencionadas por el A Quo tienen la finalidad de moriger los excesos en oportunidades en que la labor profesional resulta ínfima con respecto a los emolumentos que podrían establecerse como resultado de una aplicación automática de los porcentuales arancelarios; pero eso no significa que sin más hayan sido derogadas las normas arancelaria, que, como en el caso de la que regula la actividad de los martilleros, se halla plenamente vigente, por haber sido incorporada al Digesto Provincial bajo el N° XII, N° 3 (Ex ley 493/74). … El art. 35 de la N° XII, N° 3 (Ex ley 493/74) fija un porcentual mínimo del orden del 1,5% a aplicarse sobre el monto de trabajo realizado, que en este caso tuvo una importancia decisiva en la incidencia ya que permitió dilucidar la base regulatoria, por lo que se estima razonable elevarlo a 2%.”(Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Posadas, Misiones, 18 de noviembre de 2010, “Expte. N° 1456/2007 – Velloso, Carlos Alfredo c/ Estado de la Provincia de Misiones (Poder Judicial) s/ Desalojo”, Libro de Autos N° 53, Resolución N° 297, Fojas 395/396)