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Actualidad, Derecho, críticas de los actos políticos. Soy perfecto pero prefiero negarlo, le temo a los envidiosos y a las envidiosas.

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El cierre del Canal 4 de Posadas

          El Canal 4 de Televisión de Posadas fue clausurado el día 12 de enero de 2011. La decisión resultó sorpresiva para decenas de miles de televidentes en la Provincia de Misiones, en el ex­tremo nordeste de la Argentina.

          En el momento de ser escrito este artí­culo, la in­formación ofi­cial al respecto es ine­xistente. Guardan silencio el Go­bierno Nacional y el Gobierno de la Pro­vincia de Misiones. Sólo se sabe que fue la Gendarmería Nacional (poli­cía federal militari­zada) fue la encarga­da de cumplir con una orden judicial ema­nada de Juez Federal de Pri­mera Instancia en lo Criminal y Co­rreccional de Posadas.

          Datos dispersos permitirían deducir que el Juez Fe­deral habría dispuesto la clausu­ra en una acción judi­cial pro­movida por un socio minoritario de Ca­nal 4, por la vía de la acción de ampa­ro.

          No obstante, hay declaraciones de los mismos prota­gonistas de los eventos. Y esas declara­ciones – fide­dignas ciertamente – tornan ex­trañas las moti­vaciones le­gales para una medida de severidad extre­ma, como lo es la clau­sura de un canal de tele­visión, el cuál cuenta con la garantía constitucional de la li­bertad de pren­sa irrestrictamen­te consagrada por la Constitu­ción Na­cional de la Nación Argenti­na.

          En efecto, sólo hechos y actos de una gravedad inusita­da y hasta inimagina­ble permiten el cese de una se­ñal de televisión, si nos ate­nemos a la letra y al espí­ritu de la Constitución Nacional, un texto del año 1853 y sin embargo – a pe­sar de la longevidad de la norma supralegal – vigente y una fuerza pro­tectoria gigan­tesca.

          Un conocido ciudadano de Posadas, el Sr. Carlos Va­lenzuela, se ad­judica el dere­cho de ope­rar la señal de televi­sión de Ca­nal 4 de Po­sadas. Según sus propias pa­labras fue él, quién se pre­sentó ante la Justicia para pedir el cese de la transmisión del “anterior Ca­nal 4”. Para reiniciar la transmisión, el Sr. Va­lenzuela - dice - saldrá al aire con una señal denomina­da “nuevo Ca­nal 4”. Para ello ha desechado los estudios y oficinas del canal ubicados en la Aveni­da Urquiza de la ciudad de Posa­das. Expresó el Sr. Valenzue­la su deci­sión de transmi­tir desde un local en la calle Alberdi de la men­cionada ciudad de Posadas.

          Pocos momentos después del operati­vo de clausura de la Gendarmería Na­cional, el Sr. Va­lenzuela conce­dió una confe­rencia de prensa. Dijo con clari­dad que él – Valenzuela – es un socio mino­ritario de la socie­dad propietaria de la licencia de ex­plotación del Ca­nal 4. Asi­mismo expresó (esto lo dijo con poca claridad) que habí­an otras viola­ciones de los socios mayorita­rios el ré­gimen societario. Que se había visto obliga­do a accio­nar judicialmente porque los so­cios mayori­tarios le nega­ban in­formación (esto sí, lo dijo con pre­cisión).

          Con estas únicas palabras del Sr. Va­lenzuela, esta­mos ya ante un evento extraño. Porque las leyes argenti­nas otorgan a un socio mi­noritario los me­dios legales para asegurar el con­trol de los actos de los socios mayoritarios. Claro está, dicho control jamás puede concebirse como una destrucción de la opera­toria de la sociedad, y su re­emplazo por una nueva empre­sa en la cuál el socio minoritario pasaría ser el dueño de todo los bienes más importantes del grupo social.

          En otras palabras, el Sr. Va­lenzuela dijo tenía ciertas dificultades con el otro so­cio de ape­llido Lang­ton. Y que por ello, él “se quedaba con todo” y despla­zaba al so­cio ma­yoritario.

          Otra extrañeza surge del medio legal – y tiempo legal – usado para lle­gar a la clau­sura. Porque - dijo el Sr. Valenzue­la - el Juzgado Fe­deral había admitido una acción de amparo. Esta última es una acción de urgencia, y parece imposible de compadecer con una mera cuestión entre socios de una empresa.

          En cuanto a los tiempos legales, tampoco sería admi­sible la resolu­ción judicial en el caso, durante la feria judi­cial del mes de enero, cuando los juzgados argen­tinos en general cesan ma­yormente la actividad, si­guiendo una muy antigua tradición del país.

          También es raro que una cuestión so­cietaria hubiera tramitado ante la Justi­cia Fe­deral. En efecto, con­forme a la Constitución Nacional de la Argentina, los temas so­cietarios son de compe­tencia de los Juzga­dos Provinciales. Ciertamente, la asig­nación en sí de una licencia de televisión es compe­tencia fede­ral. Mas, de las pala­bras del Sr. Valenzue­la ape­nas surge un disen­so de los socios.

          O sea, estaríamos frente a una situación atendible ante la autoridad judicial, pero en tiempos norma­les (no de feria judicial), trami­tando ante los jueces ordinarios (o sea, los provinciales) y re­sultando el proce­dimiento al respecto ajeno a la acción de amparo. Máxime, la Ley de Sociedades contie­ne en sí misma di­versas normativas para proteger situa­ciones de urgencia, las que hacen in­necesario recurrir a la vía extrema de la acción de amparo.

          En otro acápite de la conferencia de prensa, el Sr. Va­lenzuela men­cionó que “la se­ñal de Ca­nal 4 interfería en el espacio de «su» canal de televisión”. Sería una con­tradicción. El Sr. Va­lenzuela dijo perte­necer como socio, a la empresa que ex­plota el Ca­nal 4. Cabe una pregun­ta por la vía del absurdo: ¿el Canal 4, hasta el día 12 de ene­ro de 2011, se interfería a sí mismo?

          Otro dato raro. Durante la referida con­ferencia de prensa una perio­dista – luego identificada como empleada del Canal 4 – le exhibió al Sr. Valenzuela la copia de una Escritura Pública y le leyó. Conforme al texto en el año 2005 el Sr. Valen­zuela cedió todos sus dere­chos y accio­nes respecto del Canal 4, al so­cio mayorita­rio del Canal 4, Sr. Langton. El Sr. Valen­zuela respondió admitiendo haber firmado esa escritu­ra. Preguntado entonces de las razo­nes por las cuáles él en­tendía tener dere­chos, cuando ya había cedido los mismos, contestó que el Sr. Langton tenía de­recho a actuar legalmente si así lo consi­deraba ne­cesario. Antes había intentado deslindar la pregunta adu­ciendo que él “no podía ceder, lo que no era suyo”, remi­tiendo a la pro­piedad primigenia del esta­do argentino sobre todas las señales tele­visivas. El Sr. Valenzuela no siguió en esa linea argumental se­guramente por ser la misma de escasa credibili­dad, y co­rrespondería otra pregunta con remi­sión al ab­surdo: ¿si la señal es del esta­do argentino, cómo él puede usar­la aho­ra sin exhibir o al menos mencio­nar, un acto del esta­do argenti­no dándole esa señal?

          Sucintamente, y sin agotar la informa­ción – escasa pero intere­sante – con la que contamos en ese mo­mento, le­galmente pue­de decirse que estamos ante una situa­ción extraña, difícil de concebir.

          Hay otras explicaciones. Fueron ensa­yadas desde instantes después del cierre de la emisora de televi­sión Ca­nal 4 de Posa­das, por los empleados del mismo, por el sector gerencial la emisora, por políti­cos de la Provincia de Misiones y de nivel na­cional, y asi­mismo por medios de prensa naciona­les y provin­ciales. Hablaron, entre los diri­gentes, el ex Goberna­dor de la Pro­vincia de Misiones Dr. Ricardo Barrios, y la prin­cipal refe­rente del GEN de la Provincia de Buenos Aires Margarita Stolbizer (el GEN es socio de la Unión Cívica Radi­cal).

          De los me­dios nacio­nales, se ha visto un artículo firmado por el cono­cido periodista César San­chez Bo­nifato – co­rresponsal en Misio­nes del diario “La Nación” de Buenos Aires – y menciones en ca­nales de te­levisión también de Buenos Aires y si­tios de noticias pro­vinciales.

          Esas manifestaciones aluden directa­mente y sin ambages a la inten­ción del Go­bierno de la Provincia de Misiones de silenciar al único canal de televisión de la Provincia de Misiones que – di­cen - no ad­hiere a las directivas del gobierno de la Presidenta de la Nación Argentina Cristina Fernández de Krich­ner, del Go­bernador de la Pro­vincia de Misiones Dr. Maurice Clo­ss, y del Pre­sidente de la Legisla­tura de Misiones Ing. Carlos Eduardo Rovira. Explican que la cerca­nía de las eleccio­nes ge­nerales del año 2011 decidió a los titu­lares de los poderes nacional y provin­cial a evi­tar la penetración de un ca­nal de televisión inde­pendiente que se­gún una encuesta creíble tie­ne el cuarenta por ciento (40%) de la audiencia de la Pro­vincia de Misiones.

          Salvo la pronta aparición de informa­ción confiable destinada a de­mostrar la bondad de la de­cisión judi­cial de clau­sura del Ca­nal 4, se deberá creer a quié­nes sostienen que el Juez Fe­deral con sede en Posa­das habría sido engañado por las autorida­des naciona­les y pro­vinciales, porque éstas tenían la finalidad de deshacerse de un medio de prensa oposi­tor. Y con ello poco fa­vor le estarían haciendo a las Institu­ciones y la población de la Nación Argentina.

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J
<br /> <br />  dice el diccionario de la real academia española que la democracia es:Doctrina politica favorable a la intervencion del pueblo en el gobierno politico de una nacion o pais.siento por todos<br /> aquellos que perdieron el trabajo muchas familias sin pan....SRA PRESIDENTA UD VISITO HOY MISIONES PARA INAUGURAR LA COTA 83 DE YACIRETA, HIZO REFERENCIA A LA DICTADURA .....SI UN GOBIERNO<br /> ES JUSTO LA VERDAD SIEMPRE SE IMPONDRA. PORQUE MAS ALLA DE TODAS LAS VOLUNTADES HUMANAS ESTA DIOS CONDUCIENDO LA HISTORIA DE TODOS LOS PUEBLOS.Y ASI UN DIA LE DIJO A NESTOR K HASTA AQUI<br /> TE NECESITO NADA MAS. <br /> <br /> <br /> <br />
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N
<br /> <br /> Te agradezco tu comentario, Juan. Ciertamente tus palabras tienen algo de críptico, no obstante creo entender la buena voluntad. Y eso es lo importante. "Si un gobierno es justo la verdad siempre<br /> se impondrá", me gusta esa frase. De ello deduzco que es sólo cuestión de esperar, si "este gobierno es justo" la verdad se impondrá. Caso contrario, vendrá otra verdad a imponerse. Si me<br /> equivico, corregíme. Gracias por involucrarte.<br /> <br /> <br /> <br />